2º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

BANCO SANTANDER - CHILE S.A./CORVALÁN FRAU, EDUARDO

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Que a folio 2 del cuaderno de incidente de la parte demandante formuló desistimiento de la demanda ejecutiva con reserva de acciones.  Conferido el traslado y evacuado en rebeldía del demandado, el tribunal lo resuelve a folio 4, acogiendo únicamente el desistimiento, aunque rechazando la reserva de acciones, por extemporaneidad. De ello se desprende inequívocamente que el tribunal dio aplicación al artículo 467 del Código de Procedimiento Civil de manera parcial, pues se trataba de un incidente con dos peticiones conjuntas. Sin embargo, en este estadio procesal, y habiendo apelado la demandante, su libelo no otorga facultades con las que esta Corte pueda obrar,

Fundamentos

considerando únicamente que la petición que sostiene, dice relación con que se rechaza el desistimiento de la demanda ejecutiva con la reserva de acciones y se disponga la continuación del presente proceso. Aquel requerimiento recursivo contraría absolutamente con la teoría de los actos propios de esa parte, dado que respecto de lo primero no hay perjuicio -pues se acogió lo pedido- y sin que haya otorgado facultades para dejar sin efecto aquel extremo de la decisión que rechazaba la reserva. Conforme a lo anterior y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiséis de julio de dos mil veinticuatro, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1216-2024 Civil.

Texto Completo (Preview)

La Serena, doce de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Que a folio 2 del cuaderno de incidente de la parte demandante formuló desistimiento de la demanda ejecutiva con reserva de acciones.  Conferido el traslado y evacuado en rebeldía del demandado, el tribunal lo resuelve a folio 4, acogiendo únicamente el desistimiento, aunque rechazando la reserva de acciones, por extemporaneidad. De ello s

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