2º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

BANCO DE CHILE/ROJAS

Rol

137716-2022

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, bajo el rol N° C-281-2020 y caratulado “Banco de Chile con Rojas”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad de fecha tres de junio de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de tres de octubre del mismo año, por el que se rechazó la excepción contenida en el numeral 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante la ejecución, con costas. Segundo: Que el recurrente de nulidad sostiene que en el fallo se infringen los artículos 7 y 464 N° 2 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 1681, 1682 y 1683 del Código Civil. Agrega, en síntesis, que la personería del mandatario judicial del Banco y de su representante legal es nula, desde que no cumple con los requisitos del artículo 49 de la ley 18.046. Tercero: Que la sentencia rechazó la excepción opuesta a la ejecución, razonando en sus

Fundamentos

motivos quinto y sexto que respecto a la personería del abogado demandante, la representación y mandato constan en la copia autorizada de escritura pública acompañada por el ejecutante, sin que la ejecutada rindiera ninguna prueba a fin de acreditar sus asertos y desvirtuar su mérito. Cuarto: Que, de conformidad con lo reseñado en el motivo que precede se observa que los sentenciadores han efectuado una correcta aplicación de la normativa atinente al caso que se trata. En efecto, tal como lo asentaron en el fallo, el ejecutante acompañó copias de las escrituras públicas donde consta el mandato judicial otorgado por el Socofin S.A y allegó además los instrumentos que dan cuenta de ello, así como también copia de la delegación del mandato otorgado por el Banco Chile y en la que se alude a la sesión de Directorio en que se acordó, por unanimidad, otorgar poder especial a los abogados que se indican. Quinto: Que

Fallo

fallo de primer grado de tres de octubre del mismo año, por el que se rechazó la excepción contenida en el numeral 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, ordenando seguir adelante la ejecución, con costas. Segundo: Que el recurrente de nulidad sostiene que en el fallo se infringen los artículos 7 y 464 N° 2 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 1681, 1682 y 1683 del Código Civil. Agrega, en síntesis, que la personería del mandatario judicial del Banco y de su representante legal es nula, desde que no cumple con los requisitos del artículo 49 de la ley 18.046. Tercero: Que la sentencia rechazó la excepción opuesta a la ejecución, razonando en sus motivos quinto y sexto que respecto a la personería del abogado demandante, la representación y mandato constan en la copia autorizada de escritura pública acompañada por el ejecutante, sin que la ejecutada rindiera ninguna prueba a fin de acreditar sus asertos y desvirtuar su mérito. Cuarto: Que, de conformidad con lo reseñado en el motivo que precede se observa que los sentenciadores han efectuado una correcta aplicación de la normativa atinente al caso que se trata. En efecto, tal como lo asentaron en el fallo, el ejecutante acompañó copias de las escrituras públicas donde consta el mandato judicial otorgado por el Socofin S.A y allegó además los instrumentos que dan cuenta de ello, así como también copia de la delegación del mandato otorgado por el Banco Chile y en la que se alude a la s

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca, bajo el rol N° C-281-2020 y caratulado “Banco de Chile con Rojas”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada contra la sentencia de la Corte de Apelaci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica