JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP/ JUAN RAMON GODOY MUÑOZ

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1.- Que, se ha alzado la defensa del imputado Juan Ramón Godoy Muñoz en contra de la resolución de 10 de junio del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva de su representado, solicitando se deje sin efecto dicha medida, decretándose en su lugar la de arresto domiciliario prevista en artículo 155 del Código Procesal Penal o, en su defecto, modificar la necesidad de cautela, reconduciéndola a peligro de fuga. Sostiene su solicitud en la circunstancia que su representado lleva más de 14 meses sujeto a la cautelar que cuestiona, que tiene irreprochable conducta anterior, que ha colaborado con la investigación y confesado su participación en los delitos de cohecho imputados por el Ministerio Público, por lo que, a su juicio, la necesidad de cautela puede satisfacerse con medidas de menor intensidad. 2.- Que, en relación al tiempo que ha durado la investigación y que el imputado lleva privado de libertad, como ya ha resuelto esta Corte con anterioridad, contrario a lo sostenido por la defensa, el mero transcurso de éste, si bien es un elemento a considerar para modificar la cautelar de prisión preventiva, lo cierto es que, en la especie, estamos ante un proceso de alta complejidad y gravedad, por lo que la duración que ha tardado la investigación se condice con ella, enmarcándose, en todo caso, dentro del margen del tiempo establecido en el artículo 247 del Código Procesal Penal. 3.- Que, sin perjuicio de lo anterior, no se puede olvidar que la prisión preventiva es la medida más gravosa y de última ratio, cuyos objetivos principales son el correcto establecimiento de la verdad y la actuación de la Ley Penal, lo que debe ser ponderado a partir de los nuevos antecedentes que la defensa pueda presentar, los cuales, sin embargo, en este caso han agravado la situación procesal del imputado, pues la reformalización de la investigación de la que ha sido objeto, en realidad, no lo benefician, sino que, por el contrario, agravan su eventual responsabilidad penal

Fundamentos

fundamentos de la resolución en alzada. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de diez de junio de dos mil veinticinco, dictada en la causa RIT 1106-2023, por el Juzgado de Garantía de Rancagua. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 617-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, doce de junio de dos mil veinticinco. Visto: 1.- Que, se ha alzado la defensa del imputado Juan Ramón Godoy Muñoz en contra de la resolución de 10 de junio del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva de su representado, solicitando se deje sin efecto dicha medida, decretándose en su lugar la de arresto domiciliario prevista en artículo 155 del Código Procesal Pe

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