SIN INFORMACION

REYES/I MUNICIPALIDAD DE MALLOA

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de diciembre del año 2024, comparece doña Mariana Betsabett Reyes Peña, chilena, divorciada, auxiliar de aseo, domiciliada en Pedro de Valdivia 1363, Villa España, comuna de Rengo y viene en deducir recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Malloa, representada legalmente por su Alcalde don Luis Manuel Barra Villanueva. ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Bernardo O´Higgins 525, comuna de Malloa, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que, durante octubre de 2016 comenzó a prestar servicios para la Ilustre Municipalidad de Malloa, bajo múltiples y sucesivos contratos de honorarios, desempeñando labores como auxiliar de aseo en la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia (ODP), de la comuna de Malloa hasta finalizar el mes de abril del año 2022, posteriormente el 1 de mayo de 2022 fue designada como funcionaria a contrata como auxiliar de aseo grado 15º, renovándose nuevamente el mes de septiembre de 2022, y hasta el 31 de diciembre de 2022. Señala que, durante el mes de agosto de 2023, fue informada respecto a su calificación obtenida por el desempeño de sus funciones, respecto del periodo que abarca los meses de septiembre de 2022 a agosto de 2023, obteniendo para dichos efectos un puntaje final de 69 de un máximo de 70, siendo calificada con “distinción”. Añade que con fecha 1 de enero de 2023, mediante decreto alcaldicio Nº2196, fue prorrogada su calidad de trabajadora a contrata de la Ilustre Municipalidad grado Nº15, hasta el 31 de diciembre de 2024 y/o mientras sean necesarios sus servicios. Posteriormente, el día 27 de noviembre de 2024, se le hizo entrega de “notificación de calificaciones”, correspondiente al periodo de septiembre 2023 hasta el mes de agosto de 2024, en esta ocasión su puntaje final fue de 66 puntos de un máximo de 70, obteniendo una calificación de “distinción”, al igual que en el proceso de evaluación anterior. Plantea que es en estas condiciones, que sorpresivamente el día 28 de noviembre de 2024, doña Marisol Román Becerra, jefa de recursos humanos, se acercó hasta su lugar de trabajo, junto con un abogado de la misma Municipalidad, y le hacen entrega de una “notificación de no renovación de contrata” la cual era dirigida a su persona y señalaba expresamente lo siguiente: “Junto con saludar cordialmente, me dirijo a usted con el propósito de informar que de acuerdo a su nombramiento como auxiliar grado 15º de E.S.M en calidad de contrata termina el 31 de diciembre del presente año, y en virtud de lo informado por el Sr. Alcalde se informa que no será renovado para el año 2025”. Asegura que, a pesar de lo anterior, y pese a su disconformidad con dicha resolución, se le intimó a firmar dicho instrumento, señalando en este caso, ambos funcionarios que el no firmar dicho documento significaba “rebeldía” de su parte y que para ahorrarse problemas lo firmara, cosa que finalmente hizo. Planteas que dicho instrumento decide expresamente una eventual voluntad administrativa, en circunstancias que -como tal- no cumple en lo más mínimo con formalidades básicas posibles, pese a la pretensión del ejercicio de una potestad pública realizada por el propio Alcalde que lo ordena. Y aun cuando pudiera considerarse el instrumento como una declaración de juicio o una constancia, y por lo tanto que pudiera gozar de una cierta presunción de legalidad, lo cierto es que el i

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Mariana Betsabett Reyes Peña, en contra de la Ilustre Municipalidad de Malloa. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 2774-2024 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada totalmente.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, doce de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 28 de diciembre del año 2024, comparece doña Mariana Betsabett Reyes Peña, chilena, divorciada, auxiliar de aseo, domiciliada en Pedro de Valdivia 1363, Villa España, comuna de Rengo y viene en deducir recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Malloa, representada legalmente por su Alcalde don

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