JUAN OSSES BELTRÁN Y OTROS / RENÉ CARMONA FIGUEROA Y HÉCTOR DÍAZ ANDERSON
Rol
Fecha
12 de junio de 2025
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
APROBADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se aprueba la resolución consultada de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, dictada a fojas 1104, por el Ministro en Visita Extraordinaria don Max Cancino Cancino. Notifíquese, comuníquese y devuélvase de inmediato a la Oficina de Derechos Humanos. N° Penal-1600-2025.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, doce de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se aprueba la resolución consultada de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, dictada a fojas 1104, por el Ministro en Visita Extraordinaria don Max Cancino Cancino. Notifíquese, comuníquese y devuélvase
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