ORELLANA CORTÉS EUGENIO MANUEL/ CLINICA DAVILA VESPUCIO
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece vía formulario EUGENIO MANUEL ORELLANA CORTÉS, por sí, quien interpone acción constitucional de protección en contra de CLÍNICA DÁVILA VESPUCIO, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en efectuar el cobro de montos adeudados por prestaciones médicas, lo que vulnera las garantías consagradas en el artículo 19 Nos. 1, 2 y 4 de la Constitución Política de la República. Expone que la deuda que se le está cobrando tiene origen en una cirugía de fijación de columna que se le realizó a su pareja, quien además en aquella época se encontraba embarazada. Refiere que, en ese entonces, llevó a su pareja a la mencionada clínica, a la que ingresó por urgencia, y con el pasar de los días tomó conocimiento que en virtud de la prestación podían acogerse a la Ley de Urgencia, razón por la que concurrió a Fonasa a realizar dicho trámite, por no contar con los medios para poder pagar la deuda completa, como lo solicita la recurrida, trámite que indica aún se encuentra pendiente de resolución. Previa mención de las garantías que entiende afectadas, solicita que se le otorgue un plazo para el pago de la aludida deuda o se congele el cobro de la misma. SEGUNDO: Que, informando el recurso por la recurrida, el abogado Omar Matus de la Parra Sardá, solicitó el rechazo del presente arbitrio, con costas. Señala en primer lugar que el presente arbitrio debe ser rechazado, por no ser la vía procesal idónea ni la sede competente para resolver el asunto debatido, por cuanto no existe un derecho indubitado, sino que, por el contrario, estamos frente a derechos discutidos que dicen relación con una controversia clara referida a la procedencia o improcedencia de la certificación de urgencia vital o secuela funcional grave en la atención médica brindada a la Sra. Francesca Alejandra Triviño Contreras en el servicio de urgencias de Clínica Dávila Vespucio, y con ello, la consecuente aplicación de la ley de urgencia y cobros que co
Fallo
por tanto, la vía procesal idónea para la resolución del presente conflicto. Sostiene que es del todo evidente que, en la especie, no es la supuesta ilegalidad y/o arbitrariedad de la Clínica las que motivan a la recurrente, sino que derechamente el deseo de no cumplir con la obligación de pago que le corresponde, en tanto no se resuelva el reclamo administrativo – demanda arbitral - que ésta misma ha presentado ante el Intendente de Fondos y Seguros Provisionales de Salud, en forma paralela al ejercicio de la presente acción cautelar. Afirma, además, que el recurso de protección deducido en autos debe ser rechazado, toda vez que no ha existido vulneración de garantías constitucionales ni ha existido un actuar ilegal o arbitrario por parte de Clínica Dávila Vespucio, por cuanto aquella ha actuado en todo momento con estricto apego a las normas vigentes y no ha incurrido en ningún actuar arbitrario ni ilegal en las atenciones de salud brindadas a la Sra. Francesca Alejandra Triviño Contreras, y, en consecuencia, tampoco ha obrado indebidamente en lo que dice relación con el cobro de la obligación de pago de la cuenta que tiene su origen en que con fecha 9 de junio del año 2024 la Sra. Triviño Contreras acudió al Servicio de Urgencias de la Clínica Vespucio, por una Ciática Hiperalgica (hernia de núcleo pulposo). Recalca que la “Ley de Urgencia” se activa según el estado del paciente al ingreso a urgencia, y no depende de la evolución del paciente durante su estadía hospital
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticinco. Al folio 17, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece vía formulario EUGENIO MANUEL ORELLANA CORTÉS, por sí, quien interpone acción constitucional de protección en contra de CLÍNICA DÁVILA VESPUCIO, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en efectuar el cobro de montos adeudados por presta
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica