SIN INFORMACION

GARCÍA-HUIDOBRO/

Rol

Fecha

11 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que don Paulo García-Huidobro Honorato, abogado, por su representado Banco Ripley S.A, en relación a los autos, Rol Nº: 69.043-12 -5-2025, del Tercer Juzgado de Policía Local de la Florida interpone recurso de hecho, en contra de la resolución de 23 de abril del año en curso, mediante la que se rechazó, por improcedente, el recurso de apelación impetrado en forma subsidiaria respecto de la resolución que no dio lugar a la solicitud de decretar medida prejudicial de suspender la cancelación de cargos y/o restitución de fondos. A su juicio, la resolución que acoge una medida precautoria de las contenidas en el artículo 290 y siguientes del Código del Procedimiento Civil, tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria de primer grado, es decir, de aquellas que fallan un incidente, estableciendo derechos permanentes en favor de las partes, por lo que es recurrible. Señala que dado que existe una remisión de forma especial en la Ley 20.009 para efectos de la tramitación de la solicitud de medida prejudicial de suspender la cancelación de cargos y/o restitución de fondos, ésta tiene preeminencia respecto a lo dispuesto en el artículo 32 de la ley 18.287, debiendo estarse primero a las normas del articulo 273 y siguientes del Código de Procedimiento Civil- Pide., tener por interpuesto recurso de hecho, en contra de la resolución pronunciada por el Tercer Juzgado de Policía Local de La Florida con fecha 23 de abril del año en curso, en la que se declaró “no ha lugar, por improcedente el recurso de apelación”, acogerlo a tramitación como en derecho corresponde declarando admisible y procedente el Recurso de Apelación interpuesto. Segundo: Que informó don Lorenzo Vera, Juez (S), del Tercer Juzgado de Policía Local de la Florida, expone que la causa rol 69.043-12 seguida sobre medida prejudicial precautoria establecida en el artículo 5 de la ley 20.009. Señala que teniendo la solicitud del demandante en autos un carácter ex

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por Paulo García-Huidobro Honorato en contra de la resolución de fecha veintidós de abril del año en curso. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Policia Local-1598-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que don Paulo García-Huidobro Honorato, abogado, por su representado Banco Ripley S.A, en relación a los autos, Rol Nº: 69.043-12 -5-2025, del Tercer Juzgado de Policía Local de la Florida interpone recurso de hecho, en contra de la resolución de 23 de abril del año en curso, mediante la que se re

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