BARRIOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO/RECONDUC
Hechos
Vistos: Que, de la narración de hechos contenida en el recurso, se advierte que se recurre en contra de la Resolución Exenta N° 24555730 del Servicio Nacional de Migraciones que dispuso la expulsión del país de la recurrente, por lo que existiendo un procedimiento especial regulado en la Ley 21.325 establecido a fin de impugnar dichos actos administrativos, no resulta ser la presente la vía idónea para conocer de la pretensión esgrimida. Por lo anterior y de conformidad al Auto Acordado que regula la materia, se omite pronunciamiento respecto del recurso de protección deducido en autos. Sin perjuicio de lo anterior, dese ingreso a la presentación de folio 1 como recurso contencioso administrativo, a fin de seguir la tramitación correspondiente, bajo el procedimiento establecido en el artículo 141 de la Ley 21.325. Gestiónese por la Jefa de Unidad de Causas. Conforme a lo anterior, proveyendo derechamente la presentación de folio 1: A lo principal: Atendido lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley 21.325, téngase por interpuesta reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 24555730 de fecha 5 de diciembre de 2024, notificada con fecha 4 de junio del año en curso, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso la expulsión de doña Belkys Teresa Barrios de Zava, pasaporte N° 082306511, nacionalidad venezolana, domiciliada en calle Ebenecer N°430, comuna de Rengo, Región de O’Higgins. Pídase informe al Servicio Nacional de Migraciones, quien deberá evacuarlo en un plazo de 24 horas, debiendo acompañar los antecedentes que incidan en el presente recurso. Atendido al mandato contenido en la disposición legal aludida precedentemente, suspéndase la ejecución de la orden de expulsión de doña Belkys Teresa Barrios de Zava, pasaporte N° 082306511, de nacionalidad venezolana. Comuníquese al recurrido Sección de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile por la vía más expedita. Al primer otrosí: Por acompañados los docum
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pfl C.A. Rancagua. Rancagua, once de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Que, de la narración de hechos contenida en el recurso, se advierte que se recurre en contra de la Resolución Exenta N° 24555730 del Servicio Nacional de Migraciones que dispuso la expulsión del país de la recurrente, por lo que existiendo un procedimiento especial regulado en la Ley 21.325 establecido a fin de impugnar d
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