2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO

GÓMEZ CON SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PUBLICA DE COLCHAGUA

Rol

Fecha

11 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS: 1° Que este ingreso se generó para conocer del recurso de apelación en contra de la resolución de fecha veintitrés de diciembre del dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de reincorporación de la trabajadora demandante. 2° Que, de ello, apeló la parte demandada solicitando se rechace la reincorporación, pues, en síntesis, no existirían antecedentes ni peligro en la demora que hagan plausible la imposición de esta medida cautelar. 3° Que, sin perjuicio de lo anterior y tal como se advierte de la revisión del sistema de tramitación de causas, el tribunal de primera instancia, al dictarse sentencia el pasado 22 de enero del año en curso, dejó sin efecto la medida cautelar apelada, lo que se condice además con la presentación a folio 9 de esta instancia, por la cual la demandante hace presente que la reincorporación nunca fue verificada. Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, SE OMITE PRONUNCIAMIENTO, respecto del recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT T-13-2024. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Corte 942-2024 Laboral.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, SE OMITE PRONUNCIAMIENTO, respecto del recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT T-13-2024. Comuníquese y devuélvase por interconexión. Rol Corte 942-2024 Laboral.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, once de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: 1° Que este ingreso se generó para conocer del recurso de apelación en contra de la resolución de fecha veintitrés de diciembre del dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de reincorporación de la trabajadora demandante. 2° Que, de ello, apeló la parte demandada solicitando se rechace la reincorporación, pues, e

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