ESCOBAR CON TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que, del examen del proceso, se constata que la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil para dar curso al apremio se efectuó con fecha 26 de abril de 2022, rolante a fojas 34, mediante la cual el juez sustanciador resuelve que se certifique por un recaudador fiscal, la información sobre antecedentes del contribuyente a fin de indagar sobre la existencia de bienes de propiedad del deudor que pudiesen ser embargados para garantizar la acreencia fiscal. 2° Que, de esta forma,
Fundamentos
considerando que el incidente fue promovido el 5 de abril de 2024, no hay inactividad que se haya extendido por un lapso superior a los tres años que exige para su procedencia el abandono del procedimiento, por lo que en la especie no se dan los requisitos de dicha institución, lo que lleva a confirmar la resolución en alzada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 152, 153 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución dictada con fecha seis de agosto de dos mil veinticuatro, escrita de fojas 64 a 67, en los autos Rol 10.299-2018, por el Tesorero Provincial de San Fernando. Agréguese copia de la presente resolución en el expediente administrativo. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 389-2024-Civil.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, once de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, del examen del proceso, se constata que la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil para dar curso al apremio se efectuó con fecha 26 de abril de 2022, rolante a fojas 34, mediante la cual el juez sustanciador resuelve que se certifique por un recaudador fiscal, la información
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