ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendida la presunción contenida en el artículo 4° de la ley 14.908 y en atención al tiempo trascurrido entre la fijación de alimentos previa y la época de esta demanda, teniendo actualmente el alimentario 15 años de edad, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de treinta de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Talcahuano a folio 10 de los autos RIT C-603-2025, que no hizo lugar al aumento provisorio de pensión alimenticia y en su lugar se decide que se acoge dicha solicitud, solo en cuanto se fijan éstos en la suma equivalente al 40 por ciento del ingreso mínimo...
Fallo
se decide que se acoge dicha solicitud, solo en cuanto se fijan éstos en la suma equivalente al 40 por ciento del ingreso mínimo...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción RDM/shp Concepción, once de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendida la presunción contenida en el artículo 4° de la ley 14.908 y en atención al tiempo trascurrido entre la fijación de alimentos previa y la época de esta demanda, teniendo actualmente el alimentario 15 años de edad, se revoca, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de treinta de abril de dos m
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