SIN INFORMACION

ARISTIL ODIN/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Odin Aristil, nacional de Haití, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 25035786 de fecha 23 de enero de 2025, disponiendo su abandono del país en el plazo de 10 días. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que vulnera sus derechos fundamentales de igualdad ante la ley, libertad de trabajo y derecho de propiedad, consagrados en la Constitución Política de la República. Expone que el recurrente llegó a Chile el 31 de diciembre de 2017, realizando todos sus trámites migratorios de manera legal. Encontró trabajo en febrero de 2018, con contrato de trabajo indefinido. Durante el mes de julio de ese mismo año, inició los trámites para su visa temporaria, obteniéndose un primer carnet de identidad provisorio con vencimiento el 04 de julio de 2019. Posteriormente, presentó una solicitud de visa definitiva que fue rechazada por problemas en el pago de sus cotizaciones, manteniéndose en situación migratoria de visa temporaria. Luego con fecha 09 de diciembre de 2020, se le entregó una segunda cédula de identidad vigente hasta el 16 de noviembre de 2021. El 30 de mayo de 2023, reinició los trámites para obtener su visa definitiva bajo el número de trámite 65312038. En ese proceso, se le cobró una multa que pagó en línea con ayuda de asesores, pero perdió el comprobante de pago, lo que le impidió acreditar dicho pago. Enfatiza que lleva 7 años en Chile, donde ha construido su vida y es el principal sostén económico de su familia en Haití. Arguye que su intención única es regularizar su situación migratoria y continuar siendo un aporte para el país. Sostiene que la actuación del Servicio Nacional de Migraciones vulnera sus derechos constitucionales, específicamente: a) El derecho de igualdad ante la ley, al no considerar su trayectoria y contribución en el país; b) La libertad de traba

Fundamentos

motivos laborales el 22 de junio de 2018, vigente hasta el 4 de julio de 2019. Con fecha 27 de noviembre de 2019, solicitó permanencia definitiva, la cual fue rechazada mediante Resolución Exenta N°130572 de 6 de julio de 2020, otorgándosele una nueva visa temporaria vigente hasta el 16 de noviembre de 2021. El 30 de mayo de 2023, encontrándose en situación migratoria irregular, Aristil presentó una nueva solicitud de residencia definitiva (ID N°65312038). Durante el proceso, mediante Notificación Electrónica de Folio N°41326505 de 27 de junio de 2023, se le requirió completar antecedentes, específicamente: certificado de antecedentes penales de su país debidamente legalizado, certificado de cotizaciones previsionales de salud y documento que acreditara la regularización de su condición migratoria por encontrarse con permiso vencido. Posteriormente, mediante Notificación de Previo Rechazo de Folio N°57532773 de 24 de abril de 2024, se le informó que correspondía rechazar su solicitud por no haber remitido la sanción por residencia irregular conforme al artículo 107 de la Ley 21.325. Se le otorgó un plazo de 10 días para realizar descargos, durante los cuales el recurrente no acreditó el pago de la multa correspondiente. En consecuencia, mediante Resolución Exenta N°25035786 de 23 de enero de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país de Odin Aristil en un plazo de 10 días. Primero, explica que la autoridad competente para resolver solicitudes de residencia es el Servicio Nacional de Migraciones, según el artículo 157 N°5 de la Ley 21.325. Segundo, que el recurrente no cumplió con los requisitos legales para obtener residencia definitiva, específicamente no completó el plazo de dos años de visa sujeta a contrato y no pagó la multa por residencia irregular. Tercero, que se siguió el procedimiento legal establecido, notificando previamente al recurrente y otorgándole la posibilidad de subsanar los defectos de su solicitud. En cuanto a la orden de abandono, argumentan que esta es una consecuencia necesaria e imperativa ante el rechazo de un permiso de residencia, siendo una sanción de cumplimiento voluntario que se diferencia de una orden de expulsión. Finalmente, solicitan que se rechace íntegramente el recurso de protección por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que vulnere las garantías constitucionales del recurrente. TERCERO: Que en lo que atañe al quid del asunto que es materia de este arbitrio aparece pertinente recordar que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso de protección y, en su mérito, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones regularizar sus trámites migratorios y otorgarle su visa definitiva, dejando sin efecto la orden de abandono del país. SEGUNDO: Que el Servicio Nacional de Migraciones, a través de sus abogados apoderados Antonio Emilio Beltrán Henríquez y Marcelo Alonso Andrés Rivera Compan, evacuó el informe solicitando su rechazo íntegro. Refiere el siguiente historial migratorio del recurrente: Odin Aristil ingresó a Chile el 1 de enero de 2018 como turista, obteniendo posteriormente una visa de residencia temporaria por motivos laborales el 22 de junio de 2018, vigente hasta el 4 de julio de 2019. Con fecha 27 de noviembre de 2019, solicitó permanencia definitiva, la cual fue rechazada mediante Resolución Exenta N°130572 de 6 de julio de 2020, otorgándosele una nueva visa temporaria vigente hasta el 16 de noviembre de 2021. El 30 de mayo de 2023, encontrándose en situación migratoria irregular, Aristil presentó una nueva solicitud de residencia definitiva (ID N°65312038). Durante el proceso, mediante Notificación Electrónica de Folio N°41326505 de 27 de junio de 2023, se le requirió completar antecedentes, específicamente: certificado de antecedentes penales de su país debidamente legalizado, certificado de cotizaciones previsionales de salud y documento que acreditara la regularización de su condición migratoria por encontrarse con permiso vencido.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Odin Aristil, nacional de Haití, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber rechazado su solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 25035786 de fecha 23 de enero de 2025, disponiendo su abandono del país en el p

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