ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Los antecedentes de la causa y teniendo especialmente presente que la parte demandante no rindió prueba alguna en forma legal a fin de acreditar los
Fundamentos
fundamentos de su demanda, pese a recaer en aquél la carga de la prueba conforme a lo establecido en el artículo 1698 del Código Civil y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas de la instancia, la sentencia de fecha quince de octubre del año dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Puerto Montt, que rechazó la demanda de cese de alimentos. Devuélvase. Rol...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, once de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Los antecedentes de la causa y teniendo especialmente presente que la parte demandante no rindió prueba alguna en forma legal a fin de acreditar los fundamentos de su demanda, pese a recaer en aquél la carga de la prueba conforme a lo establecido en el artículo 1698 del Código Civil y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Le
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