SOEURETTE FAVOL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Ignacio Herrera Escobar, abogado en representación de Soeurette Falvol, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°25.214.202-9, domiciliada en calle Florencia N°1219, comuna de San Miguel, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°24603916, de 30 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país de la extranjera, actuación que afecta su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Relata que la actora, de 64 años, ha residido en el país durante un periodo prolongado de tiempo y que se dedica al cuidado de sus nietos nacidos en Chile, contando actualmente con un arraigo familiar y social significativo. Refiere que vive con su hijo, quien es titular de residencia definitiva y declaró bajo juramente que su madre –la recurrente– depende económicamente de él y que cuenta con medios suficientes para su sustento. Añade que a la extranjera no se le notificó que su solicitud estuviese incompleta, lo que le impidió contar con el tiempo para reunir los antecedentes exigidos por la normativa. Indica que el 3 de mayo de 2024 fue notificada de la resolución de previo rechazo, por no haber acompañado el certificado de antecedentes penales, cédula de identidad, estampado de visa y certificado de nacimiento, precisando que la resolución de rechazo se fundó únicamente en no haber acreditado el pago de la sanción por residencia irregular en el país, la que –señala– habría sido pagada. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la resolución objeto de la acción e instruir al Servicio Nacional de Migraciones que otorgue la residencia definitiva en un plazo no superior a 30 días. En subsidio, solicita se adopten las providencias necesarias para resta
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Soeurette Falvol. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°747- 2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de junio de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Ignacio Herrera Escobar, abogado en representación de Soeurette Falvol, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°25.214.202-9, domiciliada en calle Florencia N°1219, comuna de San Miguel, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actua
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