SIN INFORMACION

SCARLETT ZULYMAR CONTRERAS DELGADO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Iris Figueroa Abarzúa, abogada, interpone acción constitucional de amparo en favor de Scarlett Zulymar Contreras Delgado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el mes de abril del presente año, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representada se encuentra cumpliendo una condena de 3 años y 1 día y 120 días por un delito de tráfico ilícito de drogas del artículo tercero de la Ley Nº20.000 seguida ante el 11º Juzgado de Garantía de Santiago. Asimismo registra como fecha de inicio de la condena el 26 de agosto de 2022 y como término el 25 de julio de 2025 al haber sido beneficiada con la rebaja de su condena, verificándose como tiempo mínimo para optar al beneficio de libertad condicional el 25 de diciembre de 2024. Destaca que cuenta con una conducta muy buena en los últimos 6 bimestres. Señala que, a pesar de lo anterior, cumpliendo con el requisito de conducta y contando con un informe psicosocial favorable elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile, y estimando concurrentes los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional, la recurrida actuó de manera ilegal y arbitraria toda vez que solo se enfocó en los aspectos desfavorables de dicho informe, no sopesando aquello que la favorecían. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representada. Segundo: Que Gendarmería de Chile acompañó el informe consolidado de postulación al proceso de libertad condicional e informe psicosocial de la interna. De acuerdo a tales antecedentes, indica que la condenada, ciudadana venezolana y de actuales 24 años, se encuentra cumpliendo una condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3º de la Ley Nº20.000, más 120 días de multa, impuesta por

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley y, con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Scarlett Zulymar Contreras Delgado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº725-2025Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, once de junio de dos mil veinticinco. Al folio 10: Estese al mérito de autos. Al folio 12 y 13: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Iris Figueroa Abarzúa, abogada, interpone acción constitucional de amparo en favor de Scarlett Zulymar Contreras Delgado, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el mes de abril del presente año,

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