JUZGADO DE LETRAS DE CAÑETE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1.- Que, en materia de pago de pensiones alimenticias el artículo 4 incisos 2, 3 y 4 de la Ley N°14.908, establece la tramitación de la oposición a los alimentos. 2.- Que la resolución apelada es aquella que confiere traslado al incidente de oposición, regulado en la norma citada precedentemente, y que hace procedente la apelación solo respecto de aquella que falla el incidente de oposición, por lo que la apelación deberá ser declarada inadmisible. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por lo dispuesto en ...

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por lo dispuesto en ...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/v.p.s. Concepción, doce de junio de dos mil veinticinco. Visto: 1.- Que, en materia de pago de pensiones alimenticias el artículo 4 incisos 2, 3 y 4 de la Ley N°14.908, establece la tramitación de la oposición a los alimentos. 2.- Que la resolución apelada es aquella que confiere traslado al incidente de oposición, regulado en la norma citada precedentemente, y que hace proc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica