ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de junio de 2025
Materia
VIOLACION DE MENOR DE 14 AÑOS. ART. 362.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo en especial consideración que la medida cautelar de prisión preventiva se ha decretado a solicitud del Ministerio Público y de manera anticipada, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 141 del Código Procesal Penal, atendido el hecho que no fue posible notificar al acusado, ya que el domicilio fijado por este ante el tribunal a quo resultó ser inexistente, según informó el tribunal exhortado con fecha 29 de abril de 2025, incumpliendo con ello su obligación de informar al tribunal cualquier cambio de domicilio, razón por la cual, además, la...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diez de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo en especial consideración que la medida cautelar de prisión preventiva se ha decretado a solicitud del Ministerio Público y de manera anticipada, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 141 del Código Procesal Penal, atendido el hecho que no fue posible
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