1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON IRARRÁZABAL

Rol

Fecha

10 de junio de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y

Fundamentos

considerando lo dispuesto en el artículo 22 inciso final del DL 2079, Ley Orgánica del Banco Estado, el cual señala que el Gerente General de dicho banco no está obligado a absolver posiciones en los juicios en que dicha institución sea parte, debiendo sólo limitarse a informar por escrito a solicitud del juez de la causa, corresponde revocar la resolución recurrida, como se dirá. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, dictada en la causa ROL C-5722-2024, por el Primer Juzgado Civil de Rancagua y en su lugar

Fallo

se resuelve, que don Oscar González Nabona, en su calidad de Gerente General del Banco Estado deberá informar al tenor de lo artículo 22 inciso final del DL 2079, debiendo el tribunal de la instancia ordenar las medidas que corresponda para llevar a cabo dicha diligencia. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 371-2025- Civil

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C.A. de Rancagua Rancagua, diez de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y considerando lo dispuesto en el artículo 22 inciso final del DL 2079, Ley Orgánica del Banco Estado, el cual señala que el Gerente General de dicho banco no está obligado a absolver posiciones en los juicios en que dicha institución sea parte, debiendo sólo limitarse a informar por e

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