LOPEZ CAMPOS JAIME ISMAEL / DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
10 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en representación del condenado Jaime Ismael López Campos, actualmente privado de libertad en el CCP Colina I, Región Metropolitana, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, representado por el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, por haber adoptado la modificación del tiempo mínimo de postulación a beneficios intrapenitenciarios, impidiendo su postulación a los mismos sin ajustarse a la normativa vigente. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se ha aplicado retroactivamente la Ley N° 21.483 publicada el 24 de agosto de 2022, modificando los tiempos de postulación establecidos originalmente, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual, así como el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable y el principio de legalidad, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita que se ordene la modificación de los tiempos de postulación a beneficios penitenciarios del amparado conforme a la normativa vigente al momento de la comisión de los hechos. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo condena privativa de libertad en el CCP Colina I, impuesta por el 2° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en causa rol N° 435-2023. La pena corresponde a 8 años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de homicidio simple, siendo los hechos cometidos en marzo de 2020 y dictándose la sentencia condenatoria el 16 de abril de 2021, fecha desde la cual comenzó el cumplimiento de la condena. Agrega que registra más de 5 bimestres de muy buena conducta, con fecha de inicio de condena el 16 de abril de 2021 y fecha de término el 16 de abril de 2029. Originalmente, antes de la modificación introducida por la Ley N° 21.483, el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional correspond
Fundamentos
considerando que está en juego un derecho fundamental como la libertad personal, consagrada tanto en la legislación nacional como en instrumentos internacionales vigentes en Chile. Aborda la normativa vigente en materia de libertad condicional y en materia de salida dominical, citando los artículos 2° y 3° del Decreto Ley N° 321 y los artículos 96 y 115 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, que establecen los requisitos para postular a dichos beneficios, argumentando que la interpretación efectuada por Gendarmería de Chile carece de técnica interpretativa adecuada, debiendo aplicarse supletoriamente la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.
Fallo
Por tanto, califica como ilegal el acto de excluir al amparado de las listas de internos que cumplen los requisitos para postular a beneficios intrapenitenciarios, al haberse Gendarmería de Chile atribuido facultades que la ley no le ha concedido, contraviniendo el mandato constitucional prescrito en el artículo 7° de la Constitución Política de la República. En relación al principio de irretroactividad de las normas penales y su aplicación al cálculo del tiempo mínimo para beneficios intrapenitenciarios, sostiene que la modificación al Decreto Ley N° 321 introducida por la Ley N° 21.483, en cuanto varía el requisito objetivo de tiempo mínimo para postular a la libertad condicional, no puede operar en perjuicio del amparado, considerando que está en juego un derecho fundamental como la libertad personal, consagrada tanto en la legislación nacional como en instrumentos internacionales vigentes en Chile. Aborda la normativa vigente en materia de libertad condicional y en materia de salida dominical, citando los artículos 2° y 3° del Decreto Ley N° 321 y los artículos 96 y 115 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, que establecen los requisitos para postular a dichos beneficios, argumentando que la interpretación efectuada por Gendarmería de Chile carece de técnica interpretativa adecuada, debiendo aplicarse supletoriamente la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su méri
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en representación del condenado Jaime Ismael López Campos, actualmente privado de libertad en el CCP Colina I, Región Metropolitana, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, representado por el Alcaide del
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