MEJÍAS/CORPORACION EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCION (COLEGIO NAHUELCURA)
Rol
Fecha
10 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el denunciante y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 10 marzo de 2025, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento de tutela laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, RIT T-781-2024, que no dio tramitación al recurso de apelación deducido en subsidio por éste, en contra de resolución que no dio lugar al entorpecimiento alegado por su abogado, que impidió a dicho letrado comparecer a la audiencia de juicio. Al respecto, sostiene que contrario a lo razonado por el tribunal, la apelación deducida era totalmente procedente, dado que la resolución impugnada por ella puso término al juicio o, al menos, hizo imposible su continuación, dado que el entorpecimiento alegado por esa parte buscaba justificar su incomparecencia a la audiencia de juicio y, por ende, que se fije nuevo día y hora para su realización, siendo en consecuencia su rechazo, el último acto jurídico procesal del procedimiento substanciado ante el tribunal a quo. Hace presente, además, que la presentación realizada cumplió con todos los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídicos para alegar el entorpecimiento sufrido y obtener la realización de un nuevo juicio que permita a esa parte rendir su prueba. SEGUNDO: Que, informando el recurso, don Gonzalo Figueroa Edwards, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, expone que en el proceso seguido ante ese Tribunal bajo el RIT T-781-2024 se tramita una denuncia por vulneración de derechos fundamentales -procedimiento de tutela laboral- ingresada por el recurrente. Agrega que el 17 de febrero de 2025 tuvo lugar la audiencia de juicio, ocasión en la que el juez de fondo procedió a dictar sentencia. Refiere que con fecha 20 de febrero de 2025 el recurrente dedujo un incidente de entorpecimiento, que fue rechazado con fecha 24 de febrero de 2025, decisión esta última que fue objeto de recurso de reposición con
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 474 del Código del Trabajo y 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal de la presentación de quince de marzo de dos mil veinticinco. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Laboral - Cobranza-901-2025. Pronunciada por la Décima Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Mario Rojas González y el Abogado Integrante señor Nicolas Stitchkin Lopez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diez de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el denunciante y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 10 marzo de 2025, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento de tutela laboral sobre vulneración de derechos fundamentales, RIT T-781-2024, que no dio tramitación al recurs
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