SIN INFORMACION

DERDERIÁN CARKOVIC ALEJANDRO/SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO(A LA VISTA IC. N°7171-2025)

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Bohumil Antonio Sepúlveda Bustos, abogado, en representación de don Alejandro Derderian Carkovic, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en autos caratulados “Derderián con Aguilera”, Rol C-8549-2023, que concedió la apelación subsidiaria deducida por su parte en contra del alzamiento de los embargos solo en el efecto devolutivo, y no en ambos efectos como, estima, correspondía. Expone que la resolución impugnada afecta los intereses del ejecutante, ya que el juicio versa sobre una sentencia de pago que fue apelada y cuyo conocimiento se encuentra pendiente ante esta Corte, lo que impide el giro de los dineros consignados y hace procedente que los embargos se mantengan hasta el pago efectivo. Recalca que el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil dispone que solo en el caso de resoluciones dictadas en contra del ejecutado procede conceder el recurso en el solo efecto devolutivo, por lo que, al haber sido la resolución recurrida desfavorable al ejecutante, correspondía concederlo en ambos efectos. Además, invoca el artículo 475 del mismo cuerpo legal, que impide la ejecución de una sentencia de pago mientras no se resuelva el recurso de apelación pendiente, lo que refuerza la necesidad de mantener los embargos. En virtud de lo anterior, solicita se tenga por interpuesto el recurso de hecho, y, en definitiva, se resuelva conceder el recurso de apelación deducido en ambos efectos. Segundo: Que el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil dispone expresamente que “Sin perjuicio de las excepciones expresamente establecidas en la ley, se concederá apelación sólo en el efecto devolutivo: 4° De las resoluciones que ordenen alzar medidas precautorias”, norma aplicable al caso, atendida la naturaleza cautelar de que reviste el embargo, de modo que existiendo norma especial que regula la sit

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Bohumil Antonio Sepúlveda Bustos, en representación de la parte ejecutante, en contra de la resolución de treinta y uno de marzo del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en autos caratulados “Derderian con Aguilera”, Rol C-8549-2023. Regístrese y archívese. N°Civil-5069-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 5: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Bohumil Antonio Sepúlveda Bustos, abogado, en representación de don Alejandro Derderian Carkovic, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzg

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica