2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

RODRIGO ALBERTO CID FUENTES CON I. MUNICIPALIDAD DE HUALQUI

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°). Esta Corte comparte el criterio jurídico sustentado por el juez a quo respecto de la incompetencia absoluta del tribunal civil, atendida la especial forma en que se planteó el mismo asunto en sede laboral, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el artículo 420 letra e) del Código del Trabajo. 2°). Sin perjuicio de lo que se resolverá, se estima que el demandante tuvo motivo plausible para accionar y luego para alzarse en contra de lo decidido por el tribunal de primer grado, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa y de esta instancia. Por lo razonado y lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución de nueve de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción a folio 17 del cuaderno de excepciones dilatorias, de los autos Rol C-5846-2023 del ingreso de dicho tribunal, en cuanto por ella la parte demandante fue condenada en costas. Se confirma en lo demás apelado, sin costas, la referida resolución. Devuélvase. N°Civil-1268-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción FCV/shp Concepción, nueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos: 1°). Esta Corte comparte el criterio jurídico sustentado por el juez a quo respecto de la incompetencia absoluta del tribunal civil, atendida la especial forma en que se planteó el mismo asunto en sede laboral, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el artículo 420 letra e) del Código del Trabajo. 2

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