ANDREOTTI PARADA GIUGLIO SILVIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C)
Rol
Fecha
9 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 25 de mayo de 2025, comparece el abogado don Mario Cambiaso Hott, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de don Giuglio Silvio Andreotti Parada, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haberle denegado dicho beneficio. Sostiene que el amparado fue condenado el 25 de diciembre de 2022 a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de receptación de vehículo motorizado y que cumple con todos los requisitos para que se le conceda la libertad condicional. Refiere que la recurrida rechazó la postulación de su representado en base a su informe psicosocial, fundándose exclusivamente en aquellos aspectos que pueden ser catalogados como desfavorables, a pesar de haber demostrado avances en su proceso de reinserción social, de lo que se sigue que la resolución de la Comisión es ilegal, al aludir a requisitos que no son exigidos por la ley ni por el reglamento y, asimismo, arbitrario, por carecer de fundamentos. Previa referencia a la normativa que estima pertinente, solicita que se le conceda la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, informando el presente recurso, doña Sandra Araya Naranjo, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señala que, por resolución de veinticinco de abril del presente año, se decidió rechazar -por unanimidad- la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado, mediante resolución que adjunta al efecto. Así, asegura que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso, por ahora, de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Tercero: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que e
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con su actual riesgo de reincidencia y amplias necesidades de intervención. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por la recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación. Por ello es posible concluir que la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado precedentemente, se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida, ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Giuglio Silvio Andreotti Parada y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2126-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veinticinco. Al folio 6; téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 25 de mayo de 2025, comparece el abogado don Mario Cambiaso Hott, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de don Giuglio Silvio Andreotti Parada, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica