BOADA/D.R. LOS LAGOS, SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
9 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. 2°.- Que, del mérito de los antecedentes se desprende que la acción recae en contra de la Resolución Exenta n° 25272128, de fecha 13.05.2025, que resolvió tener por desistida la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado de la recurrente, apreciándose que el órgano recurrido procedió a tramitar la solicitud, dictando finalmente un acto terminal que otorga una respuesta fundamentada a la solicitante, de manera que -conforme a los
Fundamentos
fundamentos que se invocan en el libelo-, la omisión referida como vulneratoria de garantías fundamentales carece de la gravedad o entidad suficiente, y se enmarcan más bien en la insatisfacción de la actora frente a la decisión del órgano recurrido que le fue desfavorable, circunstancia que rebasa el objetivo de la presente acción cautelar, especial y expedita, ante la perturbación y amenazada de derechos. Y, visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto a folio N° 1. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 677-2025.//mcbv.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, nueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado
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