SIN INFORMACION

FERNANDA SUBIABRE NAGUELQUIN C/MINISTERIO DE SALUD

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Fernanda Carolina Subiabre Neguelquin, chilena, labores de hogar, con domicilio domiciliada en calle Pedro Silva 0321, ciudad de Porvenir, Región de Magallanes e interpone acción de protección en contra del Ministerio De Salud De Chile, Rut 61.601.000-K, representado por la ministra de salud Ximena Paz Aguilera Sanhueza, médico cirujano, ambos domiciliados en calle Enrique Mac Iver N.º 54, ciudad de Santiago, por haber incurrido la recurrida en actos arbitrarios e ilegales que perturban y amenazan el legítimo derecho a la integridad psíquica y física, y el derecho a la protección a la salud consagrados en los artículos 19 N°1 y 9 de la Constitución Política de la República. Expone que con fecha 12 de julio de 2024, en la ciudad de Porvenir, la ministra de Salud, señora Ximena Aguilera, anunció públicamente la construcción de un Centro de Diálisis en dicha comuna. Señaló expresamente que el proyecto estaría concluido antes de finalizar el año 2024, lo que fue comunicado a través de medios oficiales y entrevistas públicas. En ese mismo contexto, el alcalde de Porvenir, señor Gabriel Parada Aguilar, reafirmó este compromiso. Agrega que este anuncio generó una justificada expectativa en la comunidad fueguina, particularmente en quienes dependen (como la recurrente) de un tratamiento de hemodiálisis regular. Actualmente, los pacientes renales de Porvenir deben trasladarnos tres veces por semana a Punta Arenas para recibir atención médica, lo que implica una carga física, emocional y financiera inmensa. No obstante, el día 15 de abril de 2025, el diario La Prensa Austral publicó un reportaje en el que se consigna que la Directora del Servicio de Salud de Magallanes, señora Verónica Yáñez, señaló que el centro de diálisis recién estaría operativo en el año 2028. Tales declaraciones contradicen gravemente lo anunciado por la Ministra de Salud y generan incertidumbre e indefensión en los pacientes que, como en mi caso, dep

Fundamentos

considerando el emplazamiento en una zona aislada como es la comuna de Porvenir, en la isla de Tierra del Fuego. Refiere que la entrada en operación del centro de diálisis será para finales del 2028, lo que puede observarse al comprobar una pequeña muestra de hitos sucesivos que impactan la ejecución: - Ingreso y aprobación del proyecto en MIDESO: 3 a 6 meses. -Licitación y ejecución de los diseños: 5 a 9 meses. -Licitación y ejecución de la construcción: 20 a 24 meses. - Licitación e instalación del equipamiento médico y TICS: 6 meses. - Puesta en marcha / autorización sanitaria: 2 meses. En conclusión, no ha existido postergación en la construcción ni arbitrariedad en los plazos de avance del proyecto, ya que este se ha ejecutado de conformidad a la normativa vigente, y en concordancia con lo declarado por la Sra. Ministra. Señala que lo cuestionado por la recurrente es el proyecto de la Unidad de Diálisis para Hospital Comunitario Marcos Chamorro I de Porvenir, el cual se ha desarrollado conforme a lo señalado por la autoridad ministerial e incluso por la recurrente, culminando en el año 2024. Sin embargo, la materialización y ejecución del proyecto, es decir, de la Unidad de Diálisis, involucran etapas y recursos posteriores, de acuerdo con los plazos informados. Da cuenta que la recurrente cuenta con acceso al tratamiento de salud que requiere según su patología, el que no se encuentra sujeto a una disponibilidad presupuestaria presente ni futura, como señala. Precisa que de acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Departamento de Modelos y Procesos de Atención de Salud de la Unidad de Procesos Clínicos y Eficiencia Asistencial del Servicio de Salud Magallanes, en relación al funcionamiento de la Red Asistencial y las prestaciones recibidas por la recurrente, el Hospital Comunitario Dr. Marco Chamorro Iglesias – Porvenir y el Hospital Clínico de Magallanes han informado atenciones otorgadas a la usuaria. En este contexto, y en relación con las alegaciones de la recurrente, es posible informar que la usuaria recibe atención tanto en modalidad ambulatoria como en el Servicio de Urgencia del Hospital Comunitario Dr. Marco Chamorro Iglesias – Porvenir. Además, mantiene tratamiento de hemodiálisis trisemanal, lo que implica traslados frecuentes a la ciudad de Punta Arenas. En apoyo a esta condición, el hospital gestiona transporte institucional desde su domicilio al aeródromo los días lunes, miércoles y viernes en jornada matutina. Hasta septiembre de 2024, este apoyo también se entregaba en jornada de tarde para su retorno, sin embargo, debido a modificaciones en la jornada laboral del personal, dicho traslado vespertino debió suspenderse. Esta situación fue informada personalmente a la usuaria, quien comprendió y agradeció la información entregada. No obstante, se han explorado alternativas mediante consultas al mercado para la contratación de servicio de taxi, sin resultados favorables hasta la fecha. Destaca que esta usuaria

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, de veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y dos y sus modificaciones, SE RECHAZA el recurso de protección deducido por Fernanda Carolina Subiabre Neguelquin en contra del Ministerio de Salud, ya individualizados. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Dese cumplimiento a lo dispuesto el numeral 14 del referido Auto Acordado. ROL Nº223-2025 PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, nueve de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece ante esta Corte de Apelaciones Fernanda Carolina Subiabre Neguelquin, chilena, labores de hogar, con domicilio domiciliada en calle Pedro Silva 0321, ciudad de Porvenir, Región de Magallanes e interpone acción de protección en contra del Ministerio De Salud De Chile, Rut 61.601.000-K, representado por la ministra de salud Xime

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