MAULEN JIMENEZ JOSE ANTONIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
9 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario comparece Margarita Victoria Canales Cifuentes en favor de José Antonio Maulén Jiménez, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional dependiente de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado el beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que, la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señora ministra Sandra Araya Naranjo, evacúa informa del recurso, señalando que el amparado fue postulado por el C.C.P. de Colina I y que, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio solicitado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Tercero: Que la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno tiene 38 años, fue calificado con mediano compromiso delictual, se encuentra cumpliendo las siguientes penas: (i) 12 años por el delito de homicidio, y; (ii) 61 días el delito de lesiones menos graves. Además, se consigna que inició el cumplimiento de su condena el 18 de marzo de 2016, registra como fecha de término el 18 de mayo de 2028, y el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional se cumplió el 28 de abril de 2024. Asimismo, consta que fue calificado con conducta muy buena en los seis últimos bimestres, no cuenta con beneficios intrapenitenciarios vigentes y registra faltas durante el cumplimiento de sus condenas. Por consiguiente, señala que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional al amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad antes referida. Cuarto: Qu
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto las normas legales citadas, en artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido en favor de José Antonio Maulén Jiménez y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2177-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante formulario comparece Margarita Victoria Canales Cifuentes en favor de José Antonio Maulén Jiménez, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional dependiente de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado el beneficio de l
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