ANONIMIZADO
Rol
Fecha
9 de junio de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, sin perjuicio del acuerdo arribado entre las partes en primera instancia, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de octubre de dos mil veinticuatro, inserta en la carpeta virtual Rit N° C-179-2024 del Juzgado de Letras y Familia de Cauquenes, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Familia-616-2024.
Texto Completo (Preview)
Talca, nueve de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, sin perjuicio del acuerdo arribado entre las partes en primera instancia, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de octubre de dos mil veinticuatro, inserta en la carpeta virtual Rit N° C-179-2024 del Juzgado d
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