SIN INFORMACION

MESIDOR ROSE- MARIE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece el abogado Sr. Tomás Matheson Mujica, quien interpone recurso de amparo en favor de doña Rose Marie Mesidor, cédula nacional de identidad N° 26.929.350-0, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en no resolver su solicitud de reactivación de visa temporal, ni otorgarle un certificado de residencia temporal en trámite u otro documento que le permita acreditar que reside legalmente en el país, lo que vulnera su libertad ambulatoria. Refiere que la amparada migró a Chile de manera regular en búsqueda de una mejor calidad de vida para sí y su familia que aún vive en Haití. Agrega que luego de ser beneficiaria de residencias temporales, presentó una solicitud de permanencia definitiva, sin embargo, le comunicaron el archivo de su solicitud, por contar con una residencia temporal otorgada. Indica que el 15 de julio de 2024 solicitó ratificación de su residencia temporal, la que aún se encuentra pendiente de resolución, tal como demuestra la fotocaptura que acompaña al recurso. Reclama que por lo anterior no puede imprimir el estampado electrónico ni su certificado de residencia en trámite, y en razón de ello, no puede movilizarse ni salir libremente del país, pues no puede demostrar su condición migratoria regular, así como tampoco puede renovar su cédula de identidad. Solicita concretamente se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir a la amparada un certificado de residencia en trámite, y resolver urgentemente la solicitud de reactivación de residencia temporal. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes, el que considera además improcedente, al no existir acto u omisión arbitrario o ilegal que atente contra alguna de las garantías consagradas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En cuanto al fondo, explica que mediante Resolución Exenta N° 23170555 de 12 de junio de 202

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo solicitado mediante esta acción es que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir a la amparada un certificado de residencia en trámite, y resolver urgentemente la solicitud de reactivación de residencia temporal. Tercero: Que, de lo informado por la recurrida aparece que la actora solicitó el trámite de ratificación de su residencia temporal el 15 de julio de 2024, trámite que, de conformidad con lo expuesto por la recurrida, aún se encuentra pendiente de resolución, en etapa de análisis. Cuarto: Que, sin perjuicio de haber transcurrido casi un año desde la solicitud deducida por la amparada sin que a la fecha se resuelva, en la especie no se vislumbra acto ilegal de la recurrida que afecte su libertad personal o seguridad individual que amerite alguna medida que pueda adoptar esta Corte, motivo por el cual la presente acción no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de doña Rose Marie Mesidor, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2085-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece el abogado Sr. Tomás Matheson Mujica, quien interpone recurso de amparo en favor de doña Rose Marie Mesidor, cédula nacional de identidad N° 26.929.350-0, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en no resolver su solicitud de reacti

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