SIN INFORMACION

PRESENDIEU FABIOLA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de doña Fabiola Presendieu, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no permitirle sacar el estampado electrónico, lo que ha perturbado y amenazado el legítimo ejercicio de su derecho a la libertad ambulatoria consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República, cautelado a su vez por la acción dispuesta en el artículo 21 del mismo cuerpo normativo. Expone que, la amparada ingresó de manera regular y por paso habilitado al país y, cumpliendo con los requisitos legales, postuló a la residencia definitiva, trámite correspondiente al N°ID51775788. En este proceso, la recurrida le remitió Resolución Exenta mediante la cual se le otorga permiso de residencia temporal, y en cuyo N°3 se indica que debe pagar la suma correspondiente a la residencia, sin embargo, a la fecha no se ha recibido el comprobante para pago ni se ha habilitado en sistema la opción de pago, en circunstancias que ha revisado el sistema ingresando con su R.U.T. y Clave única, apareciéndole un mensaje que indica que el trámite no tiene una etapa donde continuar, imagen que adjunta para acreditación de sus dichos. Por lo anterior, no ha podido descargar el comprobante para obtener el estampado electrónico y con ello acudir al Servicio de Registro Civil e Identificación para el trámite de obtención de cédula de identidad, y por otra parte, al estar concluido el proceso administrativo, no le es posible obtener un certificado de “Residencia temporal en trámite”, documento de suma importancia, pues le permite a la amparada acreditar su situación regular, poder salir y retornar al país sin impedimentos y otras acciones que le permitan desarrollar tranquilamente su día a día. Debido a lo expuesto, pide que se ordene a la recurrida efectuar los trámites par

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por esta vía cautelar la amparada solicita la obtención, por medio de la página web de la recurrida, del estampado electrónico necesario para continuar con los trámites de obtención de cédula de identidad y acreditar su residencia legal en el país. Tercero: Que, por su parte, el servicio recurrido solicita el rechazo de la acción, argumentando que esta ha perdido oportunidad y eficacia, por cuanto el estampado eelectrónico se encuentra disponible para su descarga desde el 28 de mayo de 2025, debiendo la amparada, ingresar a su bandeja de entrada asociada a la cuenta de mail proporcionada, donde podrá obtener su beneficio, luego de confirmar la información. Cuarto: Que, con el mérito de lo informado por la recurrida, apareciendo que el estampado electrónico se encuentra disponible para su descarga, a partir del 28 de mayo del año en curso, el presente arbitrio ha perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Fabiola Presendieu, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2089-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de doña Fabiola Presendieu, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no permitirle sacar el estampado ele

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