6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ NN

Rol

Fecha

7 de junio de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes hasta ahora disponibles permiten estimar satisfechas las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal en los términos que fue planteado por el Ministerio Público en la formalización de la investigación, esto es, que se encuentra justificada la existencia del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades y que existen también presunciones fundadas para estimar que ha cabido participación es éste al imputado Manuel Alejandro Palma Palma en calidad de autor. En cuanto a la exigencia de la letra c) del mismo precepto, estima la Corte que la libertad de Palma Palma constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en especial consideración la su reprochable conducta anterior, su reiterada actividad delictiva y la circunstancia de que habría cometido nuevo delito encontrándose sujeto a medidas cautelares personales decretadas en causas seguidas por el mismo ilícito que ahora se le imputa, lo que permite presumir que existe peligro de reiteración. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de cinco de junio en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía en la causa RIT N° 5674-2024, y se declara en su lugar que se decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Manuel Alejandro Palma Palma. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de cinco de junio en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía en la causa RIT N° 5674-2024, y se declara en su lugar que se decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Manuel Alejandro Palma Palma. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, siete de junio de dos mil veinticinco. Sala: Duodécima Rol Corte: Penal-2834-2025 Ruc: 2400970013-3 Rit: O-5674-2024 Juzgado: 6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errazuriz, señor Antonio Ulloa Márquez y la Ministra (s) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia. Relator: Gastón León. Digitadora: Belén Díaz J. Fiscal: Ca

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