SIN INFORMACION

ESCOBAR/AFP CAPITAL S. A.

Rol

Fecha

6 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Roberto Fernando García Olave, abogado, en favor de doña Valeria Roxana Escobar Quiroz, interponiendo acción constitucional de protección, en contra de la AFP Capital S.A., representada legalmente por don Romeo Hodali Sedan, por encontrarse gravemente vulnerados sus derechos contemplados en el artículo 19, numerales 2, 24 y 26 de la Constitución Política de la República, por negarse a entregar los fondos previsionales heredados de su padre, Sergio Escobar Moya, fallecido el 30 de agosto de 2017. Expone que el padre de la protegida, don Sergio Escobar Moya, era afiliado a AFP Capital y falleció el 30 de agosto de 2017. Agrega que dejó dos herederos forzosos, doña Rosa Quiroz Quintana, su cónyuge sobreviviente (con discapacidad, por lo que se optó inicialmente por pensión de sobrevivencia en lugar de retiro total); y, Valeria Escobar Quiroz, su única hija biológica y recurrente. No existían otros herederos (padres, hermanos, ni hijos de otros matrimonios al momento del fallecimiento). Sostiene que, al morir Sergio, su cuenta de capitalización individual en AFP Capital tenía un saldo de $89.781.180. Sobre la distribución legal inicial, indica que el 50% es para la cónyuge (Rosa Quiroz) como pensión de sobrevivencia y el restante 50% para la protegida, quien podía optar por retiro inmediato o mantenerlos en AFP. Luego, y dada la discapacidad de Rosa, se activó la pensión de sobrevivencia para ella, y Valeria no retiró su parte (los fondos quedaron en la AFP). Reseña que, al fallecimiento de la cónyuge, Rosa Quiroz Quintana, se extinguió la pensión de sobrevivencia, y que, tras años de pagos de pensión a Rosa, el saldo restante en la cuenta de capitalización individual seguía siendo cercano al monto original, pues la pensión apenas consumió una fracción mínima. Alega que, la recurrente solicitó a AFP Capital el retiro de su 50% heredado (apoyada en la posesión efectiva de su padre, ya tramitada), pero la AFP negó su

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido. Regístrese y, oportunamente, archívese. N°Protección-18375-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticinco. A los folios 18, 19,20 y 21; a todo, téngase presente Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Roberto Fernando García Olave, abogado, en favor de doña Valeria Roxana Escobar Quiroz, interponiendo acción constitucional de protección, en contra de la AFP Capital S.A., representada legalmente por don Romeo Hodali Sedan, por

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