JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

MP C/ MARGARITA DEL CARMEN GONZALEZ LUENGO Y ARANTZA MACARENA BASTIAS SAAVEDRA

Rol

Fecha

5 de junio de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintinueve de mayo del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de las imputadas Arantza Macarena Bastías Saavedra y Margarita del Carmen González Luengo, inserta en la carpeta virtual RIT 1-4125-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-761-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, cinco de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintinueve de mayo del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal

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