JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FISCALIA ARICA C/ NICOLAS ANDRES WILLIAMS URZUA SALAZAR

Rol

Fecha

5 de junio de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

DESISTIDA

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Hechos

VISTO: Téngase por DESISTIDA a la abogada asesora del Ministerio Público doña Rocío Mickle Gómez, del recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada en audiencia de tres de junio del año en curso, en causa Ruc 2400281257-2, Rit 4324-2024 del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que revocó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Nicolás Andrés Williams Urzúa Salazar. Atendido lo expuesto en estrado por el abogado del Consejo de Defensa del Estado, don José Andaluz Sandoval, téngasele por desistido el recurso de apelación. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 401-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, cinco de junio de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 401-2025 Penal Ruc: 2400281257-2 RIT: 4324-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro señor José Delgado Ahumada, señor Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas y Abogada Integrante, señora Sandra Negretti Castro. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a)

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