JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

MELISA SOLANGE CABRERA VALENZUELA CON EMPRESA LA POLAR S.A.

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece la abogada FRANCESCA GEORGINA VICENCIO LOBOS, en nombre y representación de La Polar S.A. e interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos notificada con fecha 19 de Agosto del año 2024, la que resolvió acoger las pretensiones contenidas en la acción sometida al conocimiento del tribunal, solicitando que nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos notificada con fecha 19 de Agosto del año 2024, la que resolvió acoger las pretensiones contenidas en la acción sometida al conocimiento del tribunal. Interpone como causales las siguientes: 1. Causal establecida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia se ha dictado con omisión de los requisitos de la sentencia definitiva, en especial, el requisito del artículo 459 número 4 del código ya citado, toda vez que no se ha analizado toda la prueba rendida, resultando aquella que se omitió fundamental para la resolución de este juicio. 2.- Causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia fue pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las normas de la sana crítica Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en la que alegaron, los apoderados de las partes, en defensa de sus respectivos derechos.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En cuanto a la causal establecida en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, que la sentencia se ha dictado con omisión de los requisitos de la sentencia definitiva, en especial, el requisito del artículo 459 número 4 del código ya citado, toda vez que no se ha analizado toda la prueba rendida, El recurso sostiene que el

Fallo

fallo impugnado presenta una motivación meramente aparente, ya que no desarrolla una valoración racional, completa y conforme a las reglas de la sana crítica respecto de los antecedentes probatorios ofrecidos por la parte demandada. En particular, se alega que el tribunal incurrió en omisión sustancial al no considerar ni referirse en su sentencia a una serie de documentos financieros y declaraciones testimoniales que resultaban determinantes para resolver el conflicto. En cuanto a la prueba documental, se detallan los siguientes antecedentes que habrían sido indebidamente ignorados: · Análisis razonado de AD Retail S.A., cuarto trimestre de 2022, donde se detallan pérdidas millonarias y una caída sustancial en los ingresos consolidados respecto al año anterior. · Análisis razonado de AD Retail S.A., cuarto trimestre de 2023, que refleja una continuidad en las pérdidas operacionales y una contracción sostenida del patrimonio. · Análisis razonado de Empresas La Polar S.A., cuarto trimestre de 2021, con indicadores que dan cuenta del inicio de un deterioro financiero relevante. · Análisis razonado de Empresas La Polar S.A., cuarto trimestre de 2022, en cuya página 4 se informa de pérdidas acumuladas por $40.155 millones de pesos, una caída del 29% en ingresos consolidados, y una disminución del patrimonio del 32,6%, lo que equivale a una merma patrimonial de $84.339 millones de pesos, frente a pasivos totales por $298.661 millones. · Análisis razonado de Empresas La Polar

Texto Completo (Preview)

Concepción, cuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece la abogada FRANCESCA GEORGINA VICENCIO LOBOS, en nombre y representación de La Polar S.A. e interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos notificada con fecha 19 de Agosto del año 2024, la que resolvió acoger las pretensiones contenidas en la acción sometida al conocimiento del tribunal

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