JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA

WILSON REYES CERDA /JOAQUIN GUZMÁN ENCINA (ACUMULADA 1089-2025-A)

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: I.- Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de doce de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 4 del cuaderno de medida precautoria, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca en autos Rol C-2617-2023. II.- Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de once de marzo de dos mil veinticinco, escrita a folio 5 del cuaderno incidente abandono del procedimiento, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca en autos Rol C-2617-2023. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Álvaro Pavez Jorquera, quien estuvo por revocar la resolución de once de marzo de dos mil veinticinco y, tener por abandonado el procedimiento, por considerar que la notificación a una sola de las partes de la resolución que recibe la causa a prueba no surte el efecto establecido en el artículo 38 del Código de Procedimiento Civil, por tratarse de un término común. Devuélvase. N°Civil-1082-2024 (acumulada Rol N° 1089-2025).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Visto: I.- Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de doce de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 4 del cuaderno de medida precautoria, dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca en autos Rol C-2617-2023. II.- Ate

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