SIN INFORMACION

SÁEZ/SOTO

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia apelada de fecha veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, escrita a fojas 123 a 126, por el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos décimo y undécimo, los que se eliminan. Asimismo, se suprime su complemento consignado a fojas 247. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°. Que la sentencia apelada, en lo contravencional, absolvió a don Felipe Andrés Echeverría Aguilera y condenó a don Keny Lukas Sáez Muñoz, por considerarlo autor de conducción culpable, al no estar atento a las condiciones del tránsito, circular a una velocidad superior a la prudente dadas las circunstancias, no mantener una distancia razonable respecto del vehículo que le precedía y colisionar el vehículo patente HYTK-14, el cual, proyectado hacia la calzada, causó lesiones leves al peatón Adolfo Andrés Soto Monsalve y daños a la bicicleta de su propiedad, siendo dicha infracción la causa principal del accidente. En lo civil, el referido

Fallo

fallo decidió: "Que, se condena a Keny Lukas Sáez Muñoz, C.I. 18.201.320-K, en calidad de conductor y propietario inscrito del vehículo PPU KVVX-30-6, ya individualizado en autos, al pago de la suma única de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) al actor Adolfo Andrés Soto Monsalve, representado por la abogada Romina Angélica Castro León, con intereses y reajustes al momento del pago efectivo, con costas." También se declaró: “El Tribunal no se pronunciará sobre la acción en contra de FELIPE ANDRÉS ECHEVERRIA AGUILERA, por encontrarse avenido con la parte de ADOLFO ANDRÉS SOTO MONSALVE.” 2°. Que, en el recurso de apelación interpuesto por la defensa de don Keny Sáez Muñoz, se solicita la revocación de la referida sentencia definitiva, argumentando que se ha condenado erradamente a su representado, ya que el mérito del proceso acreditaría de forma fehaciente que la responsabilidad en el accidente de tránsito recae exclusivamente en el conductor del vehículo Hyundai gris, don Felipe Andrés Echeverría Aguilera. Señala que los antecedentes probatorios, entre ellos el croquis del parte policial, las declaraciones de los intervinientes y la prueba testimonial rendida permitirían concluir que fue dicho conductor quien, al realizar una maniobra de adelantamiento prohibida, cruzó el eje central de la calzada y colisionó el vehículo de su representado, proyectándolo hacia la berma, donde lamentablemente impactó al ciclista demandante. Asimismo, el recurso sostiene que no se encu

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Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia apelada de fecha veintiuno de agosto de dos mil veintitrés, escrita a fojas 123 a 126, por el Segundo Juzgado de Policía Local de Valparaíso, con excepción de sus fundamentos décimo y undécimo, los que se eliminan. Asimismo, se suprime su complemento consignado a fojas 247. Y teniendo e

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