SANCHEZ/THAYER
Rol
Fecha
4 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: A folio 1 comparece la abogada Cristina Villegas González, del Programa Defensoría Ciudadana Atacama de la Corporación Asistencia Judicial de la región de Valparaíso, en representación de doña Dariannys Karelys Sánchez Rouffet, D.N.I. 25.031.969, de nacionalidad venezolana, domiciliada en Calle Tarapacá N°108, Ampliación Prat, comuna de Copiapó, y deduce la reclamación prevista en el artículo 141 de la Ley 21.325 en contra de la Resolución Exenta N° 24487274, de fecha 23 de octubre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que decreta la expulsión del territorio nacional de la actora y que dispone una prohibición de reingreso por 5 años. Al efecto indica que la reclamante ingresó al país de forma irregular en febrero de 2021, para residir en Chile con su pareja y su hijo de 6 años, Jonas Luisffer Montoya Sánchez. Añade que desde el 2023 ha tenido trabajos esporádicos y actualmente cuenta con una promesa de trabajo de para desempeñarse como cocinera, sujeta a cotizaciones previsionales. De este modo, señala que la actora cuenta con arraigo social, laboral y familiar. A continuación, reproduce las consideraciones que el Servicio debe tener al resolver la expulsión de una persona extranjera conforme al artículo 129 de la Ley 21.325, respecto de las cuales destaca el arraigo ya indicado y que no registra antecedentes penales. Refiere que la resolución reclamada no analiza la faz subjetiva de la infracción administrativa cometida, vulnerando el derecho de igualdad ante la ley en los términos que expresa, por lo que, previas citas normativas, solicita acoger la reclamación, con costas, dejando sin efecto la resolución impugnada. En un otrosí acompaña los documentos que indica. Segundo: A folio 8 comparece el abogado Diego Núñez Pesenti del Servicio Nacional de Migraciones, quien evacua el informe solicitado. Al respecto, expone que la reclamante, de nacionalidad venezolana, ingresó al país por paso no habilitado, eludiendo el control migratorio, de acuerdo con lo informado por la Policía de Investigaciones de Copiapó mediante el Informe Policial N° 218, de fecha 21 de abril de 2021, por lo que se inició el correspondiente procedimiento administrativo, en el cual la actora no efectuó sus descargos, ni remitió a esa autoridad los antecedentes solicitados, dentro del plazo dispuesto para ello. Luego, refiere que mediante la Resolución Exenta N° 24487274, de 23 de octubre de 2024, de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Migraciones, se ordenó la expulsión del territorio nacional de la reclamante y se dispuso la prohibición de ingreso por cinco años. Añade que la resolución impugnada se encuentra ajustada a la normativa legal y reglamentaria aplicable, encontrándose sus fundamentos en los considerandos 1° a 9°, siendo aquellos ajustados a las normas y principios de la legislación en materia migratoria actualmente vigente, como también a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y demás principios de de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley 21.325, SE ACOGE el reclamo judicial deducido a nombre de doña Dariannys Karelys Sánchez Rouffet y, en consecuencia, SE DEJA SIN EFECTO la Resolución Exenta N° 24487274, de fecha 23 de octubre de 2024, emitida por el Servicio Nacional de Migraciones, que decreta la expulsión de la persona extranjera ya referida. En consecuencia, en el evento de revisar en el futuro la situación migratoria de la recurrente, la entidad recurrida deberá emitir pronunciamiento fundado al respecto, teniendo especialmente en consideración, los criterios y derechos previstos en el N° 6 del artículo 129 de la Ley 21.325. Remítase copia de la presente sentencia a la Policía de Investigaciones de Chile, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº Contencioso Administrativo-11-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: A folio 1 comparece la abogada Cristina Villegas González, del Programa Defensoría Ciudadana Atacama de la Corporación Asistencia Judicial de la región de Valparaíso, en representación de doña Dariannys Karelys Sánchez Rouffet, D.N.I. 25.031.969, de nacionalidad venezolana, domiciliada en Calle Tarapa
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