8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CONTRERAS/GODOY

Rol

Fecha

27 de agosto de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado Distribución y Servicios Meta S.A el veinticinco de octubre del año dos mil veinticuatro folio número 77, contra lo pertinente de la resolución veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5328-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandado Distribución y Servicios Meta S.A el veinticinco de octubre del año dos mil veinticuatro folio número 77, contra lo pertinente de la resolución veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. N°Civil-5328-2025.

Texto Completo (Preview)

vvv C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. Al folio N° 7: por recibidos los antecedentes remitidos por el Tribunal a quo. Aténgase a lo que se resolverá a continuación. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo estable

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