MP/BENJAMÍN MAURO BARRERA AGURTO
Rol
Fecha
4 de junio de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la cantidad de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la naturaleza, circunstancias de su comisión y penalidad asociada a los mismos, todo lo cual hace estimar que resulta más proporcional imponerle al encartado la prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como fue requerido por el Ministerio Público. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal se confirma, en lo apelado, la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 859-2025, por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, con declaración que se decreta la prisión preventiva del imputado Benjamín Mauro Barrera Agurto, por peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 570-2025- Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la cantidad de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la naturaleza, circunstancias de su comisión y penalidad asociada a los mismos, todo lo cual hace estimar que resulta más proporcional imponerle al encartado la prisión preventiva por constituir
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