JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PICHILEMU

MP/BENJAMÍN MAURO BARRERA AGURTO

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la cantidad de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la naturaleza, circunstancias de su comisión y penalidad asociada a los mismos, todo lo cual hace estimar que resulta más proporcional imponerle al encartado la prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como fue requerido por el Ministerio Público. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal se confirma, en lo apelado, la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 859-2025, por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, con declaración que se decreta la prisión preventiva del imputado Benjamín Mauro Barrera Agurto, por peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 570-2025- Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente la cantidad de delitos por los cuales ha sido formalizado el imputado, la naturaleza, circunstancias de su comisión y penalidad asociada a los mismos, todo lo cual hace estimar que resulta más proporcional imponerle al encartado la prisión preventiva por constituir

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