SIN INFORMACION

NARANJO/SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Javier Ignacio Naranjo Solano, abogado, en representación de Asociación Gremial Consejo del Salmón A.G., quién interpone acción de protección en contra de contra de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura por haber emitido la Resolución Exenta N°02238/2024, de fecha 10 de octubre de 2024, mediante la cual, de forma ilegal, entiende la emisión favorable por parte de la Comisión Regional de Uso de Borde Costero de la Región de Los Lagos respecto a la solicitud de establecimiento del espacio costero marino de pueblos originarios denominado “Punta Yategua” en favor de la comunidad indígena Huaipulli, en base a los hechos que expone en su acción. Señala que el Consejo del Salmón corresponde a una organización gremial que reúne a grandes empresas exportadoras de salmón de cultivo y que se encuentra conformado por las empresas Aquachile, Australis Sea Food, Cermaq Chile, Mowi Chile y Salmones Aysén y que en base a lo prescrito en el artículo 3 del Reglamento de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero Región de Los Lagos, integra dicha instancia regional, circunstancia en la cual funda su actual interés en lo resuelto por la recurrida de autos. Indica que el ECMPO Punta Yategua contempla una superficie de 442,039 hectáreas, afectando espacios marítimos de suma relevancia para la acuicultura nacional y otras actividades relacionadas, afectando áreas geográficas claves para la producción y cultivo de salmón, dando cuenta, además de la regulación establecida con la dictación de la ley 20.249 y el procedimiento para tramitar una solicitud como la indicada, la cual tiene por efecto una paralización de las solicitudes de derecho de uso del borde costero de concesiones de acuicultura, marítimas o áreas de manejo, afectando de forma significativa el desarrollo de actividades económicas en la zona en atención a los tiempos de demora en todo el proceso. En la especie, en el área solicitada existen 3 concesiones acuícolas otorgadas, 4 en trámite y

Fundamentos

fundamentos de la CRUBC al momento de emitir un pronunciamiento, a grandes rasgos se regula según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley N°20.249, pero en lo específico, en su inciso noveno, indica la facultad que tiene la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) para aprobar, rechazar o proponer modificaciones fundadas al espacio costero marino solicitado, las que serán consideradas por la Subsecretaría de Pesca para solicitar la destinación del mismo. En caso de rechazo, la resolución debe ser fundamentada, indicándose que este último concepto no se encuentra definido en la ley 20.249, señalando en definitiva que en el caso de las solicitudes indicadas, aquel debe considerarse en función de la preferencia que tiene el ECMPO sobre otros usos costero-marítimos a fin de no caer en la ilegalidad o arbitrariedad en concreto. Afirma que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura solicitó a la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, con fecha 13 de mayo de 2024, emitir pronunciamiento respecto de la solicitud del Espacio Costero Marino de los Pueblos Originario denominado Punta Yategua, cuyo plazo vencía el 13 de junio de 2024, razón por la cual se citó a la a la 1ª Secretaría Técnica de la CRUBC Los Lagos, con fecha 16 de mayo de 2024, para analizar los antecedentes relevantes y garantizar un espacio de participación inclusivo para todos los usuarios con intereses en las zonas costeras afectadas por diferentes tipos de ocupación. En ese sentido, se convoca a la comunidad indígena titular del ECMPO, así como a otros actores que han presentado observaciones -ninguna de ellas por empresas salmonicultoras, sino por una organización local de pescadores- y a quienes han enviado cartas de rechazo generalizado respecto a los ECMPO, participando en la sesión indicada los dos representantes de la industria del salmón en la CRUBC de Los Lagos, entre ellas, la recurrente, señalando que estos últimos no plantearon si dicha solicitud podría afectar los intereses directos de la industria como concesiones marítimas o acuícolas con algún grado de tramitación superpuesta a la solicitud. Dicha secretaría es convocada nuevamente el 29 de mayo de 2024 conforme lo dispuesto en el reglamento respectivo para continuar con el análisis de nuevos antecedentes ingresados. Agrega que las únicas observaciones de oposición expresadas y relacionadas con la ECMPO que se recibieron por parte de particulares fueron presentadas por diversas organizaciones de la sociedad civil, tales como los Trabajadores del Salmón, Mitilicultores y organizaciones de Pescadores Artesanales, existiendo una oposición general y transversal a todos los ECMPO que estaban en tabla para pronunciamiento en la sesión del 7 de junio de 2024, cuyos cuestionamientos se centraban en la aplicación de la Ley N°20.249 y, desde su perspectiva, en los problemas sociales, laborales y económicos que podrían acarrear aquellas peticiones, sin que se acompañara un análisis técnico-jurídico que demostrara si e

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y Acta N°94-2015 sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción interpuesta por Javier Ignacio Naranjo Solano, abogado, en representación de Asociación Gremial Consejo del Salmón A.G., en contra de de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Redacción a cargo de Ministra Ivonne Avendaño Gómez. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Protección N°1513-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cuatro de junio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Javier Ignacio Naranjo Solano, abogado, en representación de Asociación Gremial Consejo del Salmón A.G., quién interpone acción de protección en contra de contra de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura por haber emitido la Resolución Exenta N°02238/2024, de fecha 10 de octubre de 2024, mediante la cual, de forma

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