SIN INFORMACION

RUIZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ

Rol

Fecha

4 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 1, comparece MARÍA ALEJANDRA VILLEGAS MARTÍNEZ, abogada, la que se identifica, señalando actuar en representación de don CLAUDIO ESTEBAN RUIZ GARRIDO, a quien igualmente individualiza, interponiendo recurso de protección en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, representada por su alcalde, don GEORGE RAPHAEL BORDACHAR SOTOMAYOR, por la acción ilegal y arbitraria que se habría materializado en el Decreto Exento N°6318 de 31 de diciembre de 2024, el cual le fue notificado, a su representado, el 2 de enero recién pasado, por el que

Fallo

se resuelve el recurso de reposición interpuesto por el recurrente en contra del Decreto Exento N°5783 de 20 de noviembre de 2024 en que se afina la investigación sumaria instruida por Decreto Exento N°4927 de 2024; acto que vulneraría los derechos fundamentales que indica al finalizar su presentación. En cuanto a los hechos de la acción, manifiesta que su representado pertenece al escalafón técnico, desempeñándose como Inspector Municipal, Coordinador de la Fiscalización de Tránsito, dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte Público en la Municipalidad de Curicó y debió interponer una denuncia mediante el Formulario de Denuncia de fecha 09 de julio de 2024 a consecuencia que el pasado 03 de julio de 2024, en la jornada de la tarde, una vez finalizado su turno, aproximadamente a las 20:30 horas, don Claudio Ruiz concurrió a la Oficina de Fiscalización de Tránsito, para sacarse el uniforme, después de haber participado de una jornada de fiscalización, momentos en los cuales doña Maritza Arenas Ibarra hizo ingreso a dicha oficina a pesar de que el referido funcionario le indicó, a viva voz, que se estaba cambiando de ropa; haciendo caso omiso, señalando de forma autoritaria que ella no lo miraría y que miraría para otro lado mientras conversaba con los demás inspectores sentada en la mesa que se encontraba frente a los closet. Agrega que, ante esta situación, don Claudio Ruiz vio completamente invadida su privacidad, ya que se encontraba sin polera y sin pantalones

Texto Completo (Preview)

Talca, a cuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 1, comparece MARÍA ALEJANDRA VILLEGAS MARTÍNEZ, abogada, la que se identifica, señalando actuar en representación de don CLAUDIO ESTEBAN RUIZ GARRIDO, a quien igualmente individualiza, interponiendo recurso de protección en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, representada por su alcalde, don GEOR

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