HUGO RUPERTO CID OSES/SOCIEDAD CONCESIONARIA RUTA 5 CHILLAN-COLLIPULLI S.A.
Rol
Fecha
3 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que la naturaleza propia de esta acción constitucional y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente este arbitrio para discutir y/o declarar derechos o establecer hechos que se encuentran controvertidos de la forma propuesta por el recurrente; de manera tal que, en tales condiciones, no se vislumbra alguna afectación, en su esencia, a derechos fundamentales que sea necesario resolver con la urgencia para lo cual está dispuesto el recurso de protección, resultando evidente que no es esta especialísima acción constitucional la vía para conocer la materia propuesta y menos aún para resolver las peticiones sometidas al conocimiento del tribunal, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Regístrese y archívese. N°Protección-2289-2025.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Regístrese y archívese. N°Protección-2289-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/luc Concepción, tres de junio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 1: A todo: Visto: Que la naturaleza propia de esta acción constitucional y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, determinan que no sea procedente este arbitrio para discutir y/o declarar derechos o establecer hechos que se encuentran controvertidos de la forma propuesta por el recur
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