JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ JEISON ALEJANDRO AZUAJE MEZA

Rol

Fecha

3 de junio de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del Juez A quo, y teniendo presente, respecto de la necesidad de cautela y eventual riesgo de la víctima, que ésta tiene una pauta de riesgo medio, y habría manifestado expresamente no ver como necesaria la imposición de prisión preventiva al imputado, SE CONFIRMA, la resolución de fecha veintiseis de mayo de dos mil veinticinco pronunciada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que negó lugar a aplicar la medida cautelar de prisión preventiva en contra de Jeison Alejandro Azuaje Meza imponiendo cautelares de menor intensidad que dicen relación con el arraigo nacional, abandono del hogar común y con la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con quien aparece como víctima. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N°Penal-674-2025 (mft).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, tres de junio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 4: Téngase presente. Al escrito folio 5: Téngase presente. Al escrito folio 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los fundamentos del Juez A quo, y teniendo presente, respecto de la n

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