JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

MINISTERIO PUBLICO C/ VICTOR ADOLFO BAEZA RIVERA

Rol

Fecha

3 de junio de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1°.- Que, el Ministerio Público apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de quince de mayo último, que no accede a decretar la prisión preventiva de Víctor Adolfo Baeza Rivera, formalizado por el delito de robo en lugar no habitado, manteniendo la medida de arresto domiciliario total. 2°.- Que, la defensa de los encartados solicita la confirmación de la resolución en alzada, siendo, la medida de prisión preventiva, de carácter excepcional. 3°.- Que, conforme los antecedentes existentes hasta ahora en la investigación,

Fundamentos

considerando que el hecho investigado es uno solo, y que la defensa habría justificado el supuesto incumplimiento, esta Corte comparte lo razonado por la jueza a-quo, en cuanto la necesidad de cautela se satisface con una medida de menor intensidad, como la vigente.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 122, 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de quince de mayo de dos mil veinticinco. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N° Penal-390-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GIP/ Chillán, tres de junio de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Que, el Ministerio Público apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de quince de mayo último, que no accede a decretar la prisión preventiva de Víctor Adolfo Baeza Rivera, formalizado por el delito de robo en lugar no habitado, manteniendo la medida de arresto domiciliario total. 2°.- Que,

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