GUTIÉRREZ/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ
Rol
Fecha
3 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece el abogado Erwin Moller Rubio, en representación de Sergio Alfonso Gutiérrez Álvarez, domiciliado en calle La Capitanía 80, oficina 15, comuna de Las Condes, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), en razón de haber incurrido en un acción ilegal y arbitraria, al denegar el pago de dos licencias médicas por patología de salud mental, afectando sus derechos constitucionales, por lo que solicita se aprueben sus licencias médicas, otorgando el subsidio por incapacidad laboral y que las recurridas sean condenadas a las costas de la causa. Segundo: Que evacua el informe respectivo la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región de Valparaíso, indicando que el actor presenta licencias médicas por patología psiquiátrica desde agosto de 2023 y que las licencias médicas objeto del recurso fueron rechazadas por reposo prolongado no justificado, frente a lo cual el usuario interpuso reposición, el que fue desestimado. Señala que posteriormente reclamó ante la SUSESO, quien en la Resolución Exenta N° R-01-IBS-187665-2024 de 4 de diciembre de 2024 ratifica el rechazo previo, al concluir que “el reposo prescrito por las licencias médicas N°s 19247606-2, 19496705-5, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que entre los informes médicos tenidos a la vista, la parte recurrente no acompañó ninguno que amerite efectuar un nuevo estudio de lo resuelto por este Servicio; los informes médicos acompañados en esta reclamación, mismos adjuntados en procesos anteriores, ya han sido ponderados por nuestros especialistas, por ende con ellos no resultará posible que se desvirtúe lo dictaminado previamente por este Organismo Fiscalizador” Finalmente expresa que las actuaciones realizadas por COMPIN al decidir si aprobar o rechazar una licencia médica se enmarcan dentro de los parámetros objetivos
Fundamentos
motivos que se aduzcan tengan un carácter razonable. Séptimo: Que, del mérito de los antecedentes, se desprende que la Resolución Exenta que mantuvo el rechazo de las licencias médicas, se encuentra debidamente fundada, desde que explica la razón por la que decidió rechazar la reconsideración presentada por el recurrente. Asimismo, es dable advertir que el acto impugnado fue dictado por el órgano competente, dentro de sus atribuciones y en la forma que prescribe la ley, de lo que se sigue que no ha existido en la especie un actuar ilegal o arbitrario que conculque los derechos fundamentales de la actora, motivo por el cual el recurso de protección necesariamente debe ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el ya referido Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso de protección. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N°429-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece el abogado Erwin Moller Rubio, en representación de Sergio Alfonso Gutiérrez Álvarez, domiciliado en calle La Capitanía 80, oficina 15, comuna de Las Condes, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Prevent
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