MP C/ GINO DANILO NICOLICH NICOLICH
Rol
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado adolescente Gino Danilo Nicolich Nicolich apeló de la resolución dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción el 24 de mayo en curso, que le impuso la medida cautelar de internación provisoria en Centro Cerrado, solicitando que ésta sea dejada sin efecto y se ordene su inmediata libertad, o que, en subsidio, se le sustituya por otras de menor intensidad como las de privación parcial de libertad y la de sujeción a la vigilancia de la institución que el tribunal de primer grado determine. El adolescente se encuentra formalizado por el delito de robo con intimidación, en grado de frustrado. 2.- Que, en el caso de que se trata, la defensa cuestiona los presupuestos previstos en las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal; sin embargo, obran en la carpeta fiscal el Parte Denuncia de Carabineros de Chile que da cuenta de la declaración prestada por la víctima, que expone que el día 23 de mayo pasado, a las 15,30 horas aproximadamente, frente a la Pinacoteca de la Universidad de Concepción, fue abordado por un sujeto que le pidió el celular; al negarse y continuar caminando, dicho individuo lo tomó por el cuello, amedrentándolo con un arma punzante, logrando huir, dando aviso a Carabineros en el sector, con quienes lo ubicó, sindicándolo como el autor del ilícito antes descrito. Existen en los antecedentes las declaraciones de la víctima y de los funcionarios policiales que lo aprehendieron, antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga y permiten presumir fundadamente que a Nicolich le ha correspondido participación de autor del mismo. 3.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, se debe tomar en consideración que el imputado cometió este delito mientras se encontraba sujeto a la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en su modalidad de nocturna, la que se le impusiera en los autos RIT 3300-2025 del Ju
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y 33 de la Ley 20.084 y 140, 149 y 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veinticuatro de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción en la causa RIT 4135-2025, que impuso al imputado adolescente Gino Danilo Nicolich Nicolich la medida cautelar de internación provisoria. Comuníquese y devuélvase. N°Penal-828-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción PSZC/xsr Concepción, dos de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado adolescente Gino Danilo Nicolich Nicolich apeló de la resolución dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Concepción el 24 de mayo en curso, que le impuso la medida cautelar de internación provisoria en Centro Cerrado, solicitando que ésta sea de
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