SIN INFORMACION

OLGUIN ACUÑA, JAVIER ANDRÉS/ITMA. CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO

Rol

Fecha

2 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°) Que, se ejerce esta acción constitucional de amparo para impugnar la resolución dictada por la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso el veintitrés de mayo del presente. 2°) Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que, de mediar, se ajusten a la Constitución y a las leyes; 3°) Que, para esos efectos la Carta Fundamental dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo; 4°) Que, por ende, si resulta que ha sido una Corte de Apelaciones la que expidió la resolución que se cuestiona por este medio, quiere decir que ya se cumplió el objetivo o propósito de cautela del derecho fundamental; 5°) Que, en efecto, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal de alzada. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige, máxime

Fundamentos

considerando que existen otros mecanismos para impugnar la decisión que en esta sede se cuestiona. Criterio que ha sido sostenido por la Excma. Corte Suprema en fallos contenidos en los roles 161.622-2022 y 32.059-2022, entre otros.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 21 de la deducido en estos autos. Acordado con el voto en contra del Sr. Ministro (s) Jorquera, quien fue del parecer de dar curso a la acción. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N°289-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Acuña Olguin, Javier Tercera Sala I. Corte de Apelaciones de Valparaíso Recurso de Amparo Rol N°289-2025.- La Serena, dos de junio de dos mil veinticinco. Se acepta la competencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. A todo: estese a lo que se resolverá. Vistos: 1°) Que, se ejerce esta acción constitucional de amparo para impugnar la resolución dictada por la Tercera Sala de la Iltma.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica