GIL BARRETO EDUIN ANTONIO Y OTRA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
APERTURA NUEVO INGRESO/INTERPU
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Déjese constancia del nuevo rol de ingreso de protección, en estos autos. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N°1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido: Servicio Nacional de Migraciones, dentro del plazo de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido, bajo apercibimiento de prescindir del informe solicitado y resolver con el mérito de los antecedentes que obren en autos. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Asimismo, requiérase informe al Policía de Investigaciones de Chile a fin que informe dentro del mismo plazo al tenor del recurso deducido, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para su correcta inteligencia y resolución, todo ello bajo apercibimiento de prescindir de los informes solicitados y resolver con el mérito de los antecedentes que obren en autos. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase por la vía más expedita. Al primer otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio, en cuanto al poder para proveer, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, se
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales que se encuentren protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” po
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