7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ ADRIAN MOISES DOMINGUEZ ARROYO

Rol

Fecha

31 de mayo de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

hechos formalizados en contra del imputado Domínguez Arroyo, a lo menos en este estadio procesal, constituyen un delito de robo con violencia, al tenor de lo dispuesto en los artículos 436 y 439 del Código Penal. 2°)

Fundamentos

Considerando que dicho delito tiene asignada una pena de crimen, la violencia ejercida sobre la víctima, la edad de ésta y las condenas anteriores dictadas contra el imputado, son factores suficientes para determinar que la libertad del encausado constituye actualmente un peligro para la seguridad de la sociedad. 3°) Que, a mayor abundamiento, la defensa no aportó al tribunal nuevos antecedentes que justifiquen el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva que pesaba sobre el inculpado, por lo que la misma deberá ser mantenida.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de treinta de mayo del año en curso, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT Nro. 8352-2024, que modificó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del encausado Adrián Moisés Domínguez Arroyo y en su lugar se decide que el referido imputado se mantendrá sujeto a dicha medida cautelar. Acordada lo anterior con el voto en contra del ministro (s) señor Rodríguez, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, únicamente por estimar que la prisión preventiva del imputado actualmente no es indispensable para asegurar los fines del procedimiento, haciendo decaer, en consecuencia, la necesidad de cautela. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 2696-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-2696-2025 Ruc: 2400825700-7 Rit : O-8352-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los ministros señor Miguel Eduardo Vázquez Plaza, señorita Romy Grace Rutherford Parentti y el ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega Relator: Mauricio Vergara Vargas D

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