JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP.C/ FERNANDO DANIEL SILVA FRAILE, RODRIGO ALBERTO SILVA FRAILE Y MARIO ERNESTO JIMÉNEZ RAMÍREZ. QTE: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALAGANTE Y SANDRINO ANTONIO MUÑOZ MARAMBIO.

Rol

Fecha

30 de mayo de 2025

Materia

LOTEOS IRREGULARES (ART.138 DFL 458, 1975, LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que la detención judicial que contempla el artículo 127 inciso primero del Código Procesal Penal, requiere de ciertos supuestos en su aplicación, siendo ellos una apariencia de buen derecho, por aplicación del principio de proporcionalidad acerca de la existencia del hecho punible y la participación de los imputados, enseguida, un peligro de retardo –periculum in mora- en el sentido de que la detención de los imputados Fernando Daniel Silva Fraile, Rodrigo Alberto Silva Fraile, resulta necesaria, porque de otra manera su comparecencia pudiere verse demorada o dificultada. Segundo: Que adicionalmente se estima que en este caso las acciones verificadas por Policía de Investicaciones de Chile, con el objeto de ubicar a los requeridos Silva Fraile han resultado infructuosas, advirtiéndose, en consecuencia, que es necesario proceder de conformidad con el artículo 127 antes señalado, ya que, sin la expedición de la orden de que se trata, la comparecencia de los imputados antes indicados podría verse demorada o dificultada y, además,

Fundamentos

considerando la pluralidad de los ofendidos y pena probable por los delitos por los que se pretende formalizar la investigación permite entender que los encartados ante dicho pretendan eludir la acción de la justicia. Tercero: Que en relación al requerido Mario Ernesto Jiménez Ramírez, no existiendo antecedentes suficientes respecto de su reticencia a comparecer ante tribunales, se mantendrá a su respecto lo resuelto por el Juez de primer grado. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se revoca la resolución apelada de veintitrés de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante, que no dio lugar a despachar la orden de detención solicitada por el Ministerio Público y

Fallo

se declara que se accede a dicha petición, debiendo el Tribunal a quo despachar la orden de detención en contra de los imputados Fernando Daniel Silva Fraile, Rodrigo Alberto Silva Fraile, confirmándose esta resolución respecto del imputado Mario Ernesto Jiménez Ramírez. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 1784-2025-Penal

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San Miguel, treinta de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-1784-2025 Ruc: 2010044425-K Rit: 4661-2020 JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE Relator: Paola Molina Caratulado: MP. C/ FERNANDO DANIEL SILVA FRAILE, RODRIGO ALBERTO SILVA FRAILE y MARIO ERNESTO JIMÉNEZ RAMÍREZ. QTE: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALAGANTE y SANDRINO ANTONIO MUÑOZ MARAMBIO. Tipo de Recurso: Penal-cautelar

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